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Novedades: ¿qué nos encontramos en la campaña de la RENTA 2023?

La nueva campaña de la Renta arrancó el 3 abril y termina el 1 de Julio. ¿Qué novedades nos encontramos? ¡Anota!

Novedades en los rendimientos del trabajo en esta declaración de la renta 2023

  • Aumenta la cantidad mínima de ingresos del trabajo en los que no hay la obligación de hacer la declaración. Concretamente, el mínimo exento en el caso de tener dos o más pagadores se sitúa en los 15.000 euros brutos anuales (antes era de 14.000 euros)
  • Se reducen hasta el 7% las retenciones de los rendimientos del trabajo derivados de elaborar obras literarias, artísticas y científicas, así como de los procedentes de la propiedad intelectual.
  • Aumenta a 0,26 euros por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado. Y no tributarán los importes de los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
  • No hay que declarar los rendimientos del trabajo por trabajos en el extranjero en empresas no españolas hasta 60.100 euros; eso sí, siempre que haya un impuesto similar en el territorio donde se trabaje o un convenio con España para evitar la doble imposición.

Todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la Renta 2023. Una de las novedades es que todos los autónomos que hayan sido dados de alta durante el 2023 o antes, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta, aunque no lleguen a los ingresos mínimos

Se implementa el nuevo sistema para los autónomos que tiene en cuenta los ingresos reales. Se eleva la reducción de los gastos de difícil justificación hasta el 7% y con un máximo de 2.000 euros. Los autónomos que determinen su rendimiento neto mediante el método de estimación objetiva podrán aplicar una reducción general del 10%, en lugar del 5% anterior.

Además, los autónomos que trabajan desde casa tendrán una deducción del 30% de los gastos de suministros que estén relacionados con la actividad laboral.

Novedades en la renta 2023 en deducciones, reducciones y exenciones

  • Se amplían los beneficiarios de la deducción por maternidad en 2023. Hasta el año 2022 solo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Ahora, incluso si en el momento del nacimiento la madre no estaba trabajando sino cobrando el desempleo, o también si con posterioridad cotizó 30 días o más, podrá beneficiarse de esta deducción y solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes. Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.
  • Se eleva hasta los 8.500 euros el límite de reducción de las aportaciones a planes de pensiones empresariales.
  • Se implementan también deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas. Como la deducción del 20% sobre un máximo de 5.000 euros por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración un mínimo del 7%. La deducción se amplía al 40% sobre un máximo de 7.500 euros por obras que reduzcan el consumo de energía un mínimo del 30% o permitan mejorar la calificación energética a A o B. Y, finalmente, habrá una deducción del 60% por obras de rehabilitación energética de edificios, con un máximo de 5.000 euros por vivienda y 15.000 euros en total. Estas deducciones también estarán vigentes este 2024.
  • Deducciones del 15% del precio de los coches eléctricos comprados el año pasado sobre una base máxima de 20.000 euros y otra también del 15% del coste de instalación de punto de carga, sobre una base máxima de 4.000 euros.
  • Se aumenta la deducción por donativos (por ejemplo, a ONG) y se desgrava el 80% de los primeros 250 euros, y el 45% del resto.
  • Aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva creación hasta el 50%
  • Se incorpora una exención de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus trabajadores, con un tope máximo de 50.000 euros.

Nuevos tipos de gravamen en esta renta 2023

El IRPF es un impuesto dual que contempla, por un lado, las rentas del trabajo y, por otro, las del ahorro (rendimientos del capital mobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales).

En esta campaña de renta 2023 se modifica la escala de gravamen de la base liquidable ahorro para introducir, tanto en la escala estatal como autonómica, un nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 14% y elevar el tipo aplicable en el tramo anterior de 200.000 a 300.000 de 13% a 13,5%.

Gravamen aplicable a contribuyentes del IRPF residentes en el extranjero. Se introduce un nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 28% y se eleva el tipo aplicable en el tramo anterior de 200.000 a 300.000 del 26% al 27%.

Se modifica también el régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, para introducir un nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 28% y elevar el tipo aplicable en el tramo anterior de 200.000 a 300.000 del 26% al 27%.

Novedades: ¿qué nos encontramos en la campaña de la RENTA 2023 ?

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