Como muy bien sabemos, el INSS abona directamente a los trabajadores de baja por maternidad o paternidad las correspondientes prestaciones. Lo mismo ocurre en el caso del abono de pensiones de viudedad, jubilación o pago directo de enfermedades o accidentes.
Lógicamente para estos abonos, el INSS o la seguridad social en general tiene que tener el número de cuenta bancaria.
¿Y que ocurre si la persona en cuestión se ve obligada a cambiar de cuenta bancaria por el motivo que sea?
Pues que hasta ahora ese cambio de cuenta bancaria debía de notificarse al organismo correspondiente mediante las diferentes vías que dicha persona física tenía (gestión on line o presencial con el correspondiente documento de verificación de la cuenta).
Afortunadamente, las entidades bancarias han dado un paso adelante de cara a facilitar esta gestión cada vez más común ya que directamente dicha entidad bancaria puede llevar a cabo la petición de cambio en nombre del titular de la prestación. El interesado puede seguir haciéndolo personalmente pero ahora puede la entidad bancaria hacerlo en su nombre.
En definitiva, este servicio permite que, cuando un ciudadano modifique su cuenta bancaria, sea la entidad financiera la que realice la comunicación de cambio de la cuenta en su nombre ante la Seguridad Social.
Toda la información está en el siguiente enlace
Las entidades bancarias que ofrecen este servicio están en el siguiente enlace en la parte superior donde se indica “Para consultar las entidades pinche aquí”