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¿Estás preparado para cumplir con la normativa de igualdad retributiva?

Aunque no es un tema nuevo, la responsabilidad por parte de todos los entes sociales de mantener un equilibrio igualitario entre hombres y mujeres se materializa si cabe aún más, en las empresas. La no discriminación en materia retributiva entre sexos es obligación del empresario y debe ser una prioridad para los departamentos de recursos humanos.

A través del Real Decreto 902/2020 se deberá aplicar:

– El Principio de Transparencia Retributiva que permitirá obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se atribuye a dicha retribución

– El Principio de igual retribución por trabajo de igual valor art. 28.1 del Estatuto de los Trabajadores el cual vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras y a todos los convenios y acuerdos colectivos.

¿Estás preparado para su entrada en vigor? Para ello es necesario contar con expertos consultores en nómina y herramientas de obtención de datos que puedan realizar:

– Un Registro retributivo de toda la plantilla (sin excepción). Este registro deberá incluir, los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extra-salariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el art. 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y convenientemente desglosado por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. En el período de un año y habiendo sido avisada la representación de los trabajadores con al menos 10 días.

Auditoría retributiva. A incluir incluyendo en el Plan de Igualdad y cumpliendo las siguientes obligaciones:

  • Realización del diagnóstico de la situación retributiva en la empresa.
  • Establecimiento de un plan de actuación para la corrección de las desigualdades retributivas, con determinación de objetivos, actuaciones concretas, cronograma y persona o personas responsables de su implantación y seguimiento.

–  La transparencia en la negociación colectiva

Tic-Tac, Tic-Tac.. el tiempo es inexorable y el 14 de abril (fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad) está aquí mismo.

Por todo lo descrito, nuestra área de nómina y RRHH a disposición de nuestros clientes la información necesaria para llegar a tiempo a través de nuestra plataforma Milena Analytics – Plan de Igualdad retributiva, en la que ya se ha incorporado el campo ‘Sexo’, así como nos aliamos con los mejores consultores para apoyar a las empresas a la consecución de los ítems marcados legislativamente.

¡Entre todos los conseguiremos!

Desde una mujer de Seresco hacia +que nómina.

Nueva normativa de igualdad retributiva

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