A la hora de calcular un embargo hay que considerar las escalas para los conceptos salariales y el 100% en los conceptos no salariales y hay que empezar a separar dichos importes en tanto en cuanto los diferentes organismos acreedores ya están comenzando a enviar las comunicaciones de embargo con lo que se denomina Doble Referencia para transferir bajo una orden lo correspondiente al cálculo sobre el salario y transferir bajo la otra referencia lo correspondiente a los conceptos no salariales.